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Calculadora de Liquidación Nicaragua

¿Necesitás calcular tu liquidación laboral en Nicaragua con base en la ley? Esta herramienta gratuita y precisa está diseñada para ayudarte a estimar cuánto te corresponde por indemnización por años de servicio, según lo establecido en el Artículo 45 del Código del Trabajo. Ya sea que enfrentes un despido sin responsabilidad o simplemente quieras simular diferentes escenarios laborales, nuestra calculadora de liquidación en Nicaragua aplica los factores oficiales por tramos de tiempo trabajado, respetando el límite máximo legal de cinco salarios mensuales.

Ingresá tu salario y las fechas de tu relación laboral para obtener un cálculo confiable, sin complicaciones.

Calculadora Avanzada de Liquidación Laboral (Nicaragua)







¿Qué dice el Artículo 45 del Código del Trabajo de Nicaragua?

El Artículo 45 del Código del Trabajo de Nicaragua establece el cálculo legal de la indemnización por años de servicio en caso de despido sin responsabilidad del trabajador. Según esta normativa, el empleador está obligado a pagar una liquidación equivalente a un número determinado de días de salario por cada año trabajado, de la siguiente forma:

  • 30 días de salario por cada uno de los primeros tres años trabajados.
  • 20 días de salario por cada año del cuarto al décimo cuarto.
  • Proporción mensual y diaria si hay fracciones de año (1.66 días por mes y 0.0555 por día).
  • El monto total de la indemnización no puede superar el equivalente a cinco meses de salario.

Este artículo es la base legal utilizada por nuestra calculadora de liquidación laboral en Nicaragua para estimar el monto que podría corresponderle a un trabajador al finalizar una relación laboral por despido sin causa justificada.

Factores oficiales y límites para calcular la liquidación laboral

ConceptoFactor aplicadoDetalle
Años 1 al 330 días por añoPago completo por cada uno de los primeros tres años trabajados
Años 4 al 1420 días por añoPago reducido por los años posteriores al tercero
Meses fraccionados1.66 días por mesCálculo proporcional si no se cumple un año adicional
Días fraccionados0.0555 días por díaFactor para días sueltos adicionales al mes
Límite máximo5 meses de salarioTope legal al monto total a pagar por indemnización

Preguntas frecuentes sobre cómo calcular la liquidación en Nicaragua

¿Cómo se calcula el preaviso en Nicaragua?

El preaviso corresponde a 30 días de salario cuando el empleador decide finalizar la relación laboral de forma unilateral. Si no se otorga preaviso, debe pagarse en efectivo. Este monto es adicional a la liquidación por años de servicio y suele incluirse en los cálculos de liquidación integral, aunque no es parte del Artículo 45.

¿Qué incluye la liquidación laboral?

Una liquidación laboral puede incluir varios componentes según el caso: indemnización por años de servicio (Art. 45), pago por preaviso, vacaciones no gozadas, aguinaldo proporcional y otros derechos adquiridos. Nuestra calculadora está centrada en el componente principal: la indemnización por antigüedad.

¿Se paga liquidación si el trabajador renuncia?

No. Según el Artículo 48, si el trabajador renuncia voluntariamente, no tiene derecho a indemnización por años de servicio. Solo podrá reclamar vacaciones o aguinaldo proporcional si corresponde.

¿La liquidación aplica a contratos temporales o por servicios?

En contratos a plazo fijo o por obra determinada, no se genera derecho a indemnización si el contrato finaliza en el tiempo estipulado. Solo si el empleador rompe el contrato anticipadamente sin causa válida, podría corresponder una compensación.

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